MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES EN RELACIÓN AL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

ayuntamiento_informa.jpg

MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES EN RELACIÓN AL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

15/10/2014

BONIFICACIÓN DEL 50% DE LA CUOTA A LAS FAMILIAS NUMEROSAS

 

 

 

 

 

 

EL AYUNTAMIENTO DE LOS MOLARES

INFORMA

MODIFICACIÓN DE ORDENANZAS FISCALES EN RELACIÓN AL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES.

TENDRÁN DERECHO A UNA BONIFICACIÓN DEL 50% DE LA CUOTA DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES, RESPECTO A SU VIVIENDA HABITUAL LAS FAMILIAS NUMEROSAS CON TRES HIJOS Y EL 75% DE BONIFICACIÓN LAS FAMILIAS NUMEROSAS CON MÁS DE TRES HIJOS DEBIDAMENTE ACREDITADAS.”

 

ESTAS BONIFICACIONES SE PODRÁN SOLICITAR DEL 1 AL 31 DEL MES DE ENERO.

REQUISITOS MINIMOS:

a) La vivienda habitual será el único bien inmueble de uso residencial propiedad de la unidad familiar. Se entiende por vivienda habitual aquella que figura como domicilio del sujeto pasivo en el padrón municipal de habitantes.

b) La bonificación se otorga por un año. Su prórroga deberá ser solicitada por el sujeto pasivo, si se tiene derecho a la misma en el siguiente ejercicio, antes de la finalización del año en que esté disfrutando de la bonificación. No se presupone la prórroga tácita.

c) La bonificación finalizará de oficio, en el periodo impositivo siguiente al que se deje de ostentar la condición de familia numerosa.

d) Los ingresos de la unidad familiar no podrán superar el Salario Mínimo Interprofesional multiplicado por el número de miembros que la componen.

f) El valor catastral del inmueble no podrá superar el doble de la media de los valores en la localidad.


LOS MOLARES A 15 DE OCUTBRE DE 2014